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triang Base de Datos Sobre Conservación Privada

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3- Incentivos existentes

A nivel nacional no existen muchas opciones de incentivos. Algunas leyes cuentan con algunos incentivos como la Ley de Áreas Silvestres Protegidas, Estatuto Agrario, entre otras.

Pueden ser divididos en:

Deducción de impuestos
Este es uno de los incentivos más comunes, pero aun no es suficiente para promover la conservación privada. Esto se debe a que los impuestos en nuestros países no son muy altos y además una gran parte de los propietarios no pagan sus impuestos. Por este motivo , a exoneración de los impuestos no constituye una ventaja importante que los motive conservar.

La Ley 352/94 de Áreas Silvestres Protegidas, define en su Artículo 56.- “Las Áreas de Reserva declaradas a la fecha y las Áreas Silvestres Protegidas bajo dominio privado declaradas de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 26, estarán exentas del pago del impuesto inmobiliario y de todo impuesto sustitutivo o adicional que se creare sobre la propiedad del inmueble rural.  Lo anterior será condicionado por la reglamentación respectiva.”

Estos beneficios son validos para el área declarada como reserva, según polígono incluido en el decreto de creación.

El Estatuto Agrario, a través de la Ley 1863/01, también reconoce las áreas silvestres protegidas bajo dominio privado, áreas  como superficies que cumplen con un bien social. En el Articulo Artículo 5°.- “De la superficie agrológicamente útil. A los efectos de esta ley, la superficie agrológicamente útil resulta de descontar de la superficie total del inmueble: b) las áreas de reserva forestal obligatorias, dispuestas por las Leyes N°s. 422/73, y 542/95, “Forestal” y “De Recursos Forestales” respectivamente; c)  las áreas silvestres protegidas bajo dominio privado, sometidas al régimen de la Ley N° 352/94; d) las áreas de aprovechamiento y conservación de bosques naturales, aprobadas por autoridad administrativa competente, bajo términos de las Leyes N°s. 422/73 y 542/95 mencionadas en el inciso “b”; y, e) los bosques naturales y áreas destinadas a servicios ambientales, declarados como tales por la autoridad competente.”

Seguridad legal
En el caso de las Reserva Naturales, la Ley 352/94 prevé en su Artículo 56, “que las áreas creadas bajo esta categoría, serán inexpropiables durante el lapso de validez de la declaratoria”.

Esto significa que la Autoridad de Aplicación, o sea, la Secretaria del Ambiente, debe actuar en forma expeditiva para efectuar el desalojo de terceros que hayan invadido la propiedad o que estén causando daños en relación a los recursos naturales que fueron objeto de su creación.

Este incentivo es atractivo a los propietarios que quieren evitar o prevenir actividades ilegales en sus fincas.

Además la misma Ley, menciona en su Artículo 61 que, “La ocupación de todo terreno declarado como Área Silvestre Protegida bajo dominio público o privado está prohibida; estos actos no otorgan derechos de ninguna especie a sus autores y la acción reivindicatoria del Estado  por los mismos es imprescriptible.  La Autoridad de Aplicación procederá de inmediato al desalojo”.

El Estatuto Agrario, Ley 1863/01, también es una herramienta muy importante para las Reservas Naturales. Su Articulo 10, define que: “No serán considerados latifundios improductivos y en consecuencia pasibles de expropiación bajo términos de esta ley las áreas e inmuebles siguientes: a) los inmuebles declarados como Áreas Silvestres Protegidas Bajo Dominio Privado por la autoridad administrativa competente, a tenor de lo dispuesto por la Ley N° 352/93; ...”

Imagen y Mercadeo
Este incentivo está relacionado con el reconocimiento público del compromiso voluntario de conservación asumido por los propietarios de reservas. Este reconocimiento puede ser realizado en eventos, informes, artículos de prensa, sitios Web, publicaciones, etc. 

Puede ser interesante conseguir también el reconocimiento de productos elaborados dentro de una reserva, a través de un “sello de origen” o una certificación bajo el auspicio de alguna empresa reconocida a nivel nacional o internacional. Este es un valor agregado que hasta ahora, pocos productores pueden alcanzar.

Los mercados cada vez se tornan más exigentes y buscan empresas con responsabilidad social corporativa. No siempre significan mejores precios, pero si una mayor cantidad de clientes.

Asistencia Técnica
Este incentivo puede ser promovido por el gobierno a través de sus direcciones de extensión agraria o por ONGs que trabajan en la temática ambiental y extensión. El costo de este servicio va depender de cómo sea encarado. En ocasiones puede ser sin costo y en otras, a un costo más bajo.

La asistencia técnica puede ser a través de diferentes áreas, como:

  • Elaboración de planes de manejo
  • Diseño de senderos interpretativos
  • Eventos de educación o interpretación ambiental
  • Programas de investigación científica
  • Diseño de señalización

Pago por Servicios Ambientales
Es un mecanismo por el cual se reconocen los servicios ambientales que los recursos naturales brindan, mediante un pago a los propietarios de tierras que producen estos servicios. Todavía no se implementa este tipo de incentivo en Paraguay. Existen algunos casos muy puntuales.

Este mecanismo involucra dos tipos de actores: los que utilizan el recurso, conocido como usuarios (personas, comunidades, empresas, gobierno, etc) y que deberían pagar por el "uso” y los que “producen” los servicios ambientales que normalmente son propietarios privados o áreas protegidas públicas, que de alguna forma deberían ser beneficiados. Este incentivo a nivel nacional es aún muy incipiente.

Existen muchos tipos de servicios ambientales. Se puede citar entre ellos:

  • Agua – para uso potable, agrícola o hidroeléctrico
  • Belleza escénica
  • Fijación de carbono
  • Prevención de erosión, desertificación
  • Prevención de desastres naturales
  • Banco genético de especies de uso alimenticio, farmacológico, medicinal, etc

Actualmente se cuenta con un proyecto de Ley busca nuevos incentivos a la conservación. Es denominado “VALORACIÓN Y RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES”, cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados y está siendo estudiada por la Cámara de Senadores.


CONSERVACION PRIVADA
1- Figuras de Conservación reconocidas a nivel nacional

2- Actores involucrados en la conservación privada
4- Avances de la Conservación Privada en Paraguay
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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